martes, 27 de noviembre de 2012

Sobre las Bajas


Queremos aclarar con el presente comunicado las informaciones contradictorias que se están produciendo con respecto al tema de si para demandar a HCC Europe es necesario o no estar dado de baja de la cooperativa. 
Sobre este asunto queremos informaros de que en base a la consulta que hicimos a tres despachos de abogados acerca de la necesidad de causar baja de la cooperativa para poder demandar a la aseguradora y por los mismos se nos manifestó que según la Ley 57/68 (artículo 3) una vez finalizado el plazo para iniciar las obras sin que la misma se hubiesen producido, el cooperativista puede optar entre resolver el contrato con la devolución de las cantidades entregadas, o conceder a la cooperativa una prórroga.  Queda claro, pues, que para poder optar por la devolución de las cantidades entregadas hay que resolver el contrato con la cooperativa, esto es, darse de baja de la misma. Cabe decir, que dicha respuesta de los abogados viene argumentada  por sentencias tanto de los juzgados como de la audiencia provincial, no por la opinión personal o profesional sin más de aquellos.

La lectura del artículo 3 del citado texto legal no ofrece ninguna duda al respecto y es esa ley precisamente la que se argumenta para poder demandar a HCC Europe. Además hay jurisprudencia que lo reconoce así, teniendo por ejemplo una sentencia recientísima de la Audiencia Provincial de Madrid que establece que:
 "Por otra parte, no podemos olvidar que el contrato de seguro o aval a que se refiere la Ley 57/68 de 27 de julio, lo que garantiza no es el cumplimiento de la obligación del promotor de entrega de la vivienda objeto del contrato de compraventa, sino la devolución de las cantidades que aquél deba restituir al comprador si se resuelve por éste el contrato en base a las propias contingencias previstas en el artículo 3 de la misma Ley, esto es la no iniciación de las obras o no entrega de la vivienda..."

Otra reciente sentencia de la Audiencia Provincial establece que: 
"...esta sección opta por seguir el criterio mayoritario... ...que partía de considerar como título de ejecución al amparo de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil la documentación referida en el artículo 3 de la Ley 57/1968... ... a efectos de evitar que casos sustancialmente iguales se resuelvan de forma contradictoria."

La reciente sentencia dictada por el juzgado nº 84 de Madrid de unos exsocios de cooperativa de Madrid  contra HCC Europe recoge afirmaciones como esta: 
"Es innegable que la cooperativa estaba obligada a cumplir con los requisitos de la Ley 57/1968

Así pues, se equipara a los cooperativistas a la misma circunstancia de un comprador de vivienda ante una promotora y, en este sentido también le es exigible cumplir con el requisito de rescindir el contrato, que en el caso de un cooperativista supone darse de baja y queda supeditado a la Ley de Consumidores, cuestión ésta que también recoge la sentencia citada anteriormente cuando dice que: 
"Es cierto que tradicionalmente se ha considerado, desde otras aproximaciones jurisprudenciales a la cuestión, que los miembros de las cooperativas quedaban fuera del ámbito de protección forjado para los consumidores y usuarios. Sin embargo, esta doctrina jurisprudencial está ya superada en los casos en que, como éste, lo que se cuestiona es la situación de los cooperativistas en sus relaciones con terceros..."

Hay que tener en cuenta que la póliza de seguro contratada exige que para reclamar a HCC se debe haber efectuado un primer requerimiento contra la cooperativa para que ésta devuelva el dinero y es evidente que sólo se puede reclamar a la cooperativa la devolución de las aportaciones una vez dado de baja y no antes. 

Por tanto, es evidente que es necesario causar baja en la cooperativa para poder demandar al seguro con garantías de éxito. Claro está que se puede demandar sin darse de baja, pero de conocer el seguro esta circunstancia podrá oponerla como causa para no devolver las cantidades. Lo que puede suponer que el cooperativista que decida demandar a HCC Europe sin causar baja está asumiendo el riesgo de que se desestime su demanda y de que incluso se le condene al pago de las costas ocasionadas.

Don Ignacio Serrano Butragueño, es por todos conocido que es el  abogado de UNEXCO, asociación que aglutina en sus filas única y exclusivamente a ex-socios de las cooperativas. Por tanto, las demandas que se han interpuesto son de ex-cooperativistas por lo que, es evidente, que todos ellos estaban de baja y no puede valorar que habría pasado de haber estado de alta los demandantes a los que representó.

El despacho de José Martínez es el gran beneficiado de todos los juicios de las cooperativas, aparte de haber demostrado su falta profesionalidad y su carencia de conocimientos. Está por ver el resultado de su juicio contra la aseguradora HCC Europe, celebrado el pasado jueves 21 de Noviembre, aunque os podemos avanzar que él mismo reconoció a sus clientes que daba por perdido el juicio, no teniendo ninguna esperanza de ganarlo, "por no encontrarse en su mejor momento". Por lo que, como es obvio, su opinión no debería valorase a la hora de tomar una decisión seria. Máxime teniendo en cuenta su trayectoria profesional como abogado de las cooperativas que acredita el número de demandas que han perdido de forma calamitosa y en las que les han impuesto las costas.

Como siempre hacemos en estos casos, os animamos a que solicitéis la información que aparece colgada en la web de las cooperativas por escrito y rubricada, puesto que de ser cierta, ninguna pega deberían oponer los letrados que aseguran tales manifestaciones. 

Para finalizar debemos aclararos que no es cierto que si se solicita la baja en periodo de liquidación se puede tener  al socio por renunciados a sus derechos. Eso no puede ocurrir NUNCA. Sólo se puede renunciar a derechos de forma expresa, por lo que no cabe NUNCA, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA que se tenga por renunciado a sus derechos. 
Los estatutos que rigen la cooperativa son claros, y establecen que el socio,EN TODO MOMENTO (art. 13, A), 1), puede solicitar la baja, por lo que aún en periodo de liquidación se puede solicitar la baja en iguales condiciones que se solicitaba cuando la cooperativa no estaba en liquidación. 
La pregunta que hay que hacerse es la siguiente:
¿Por qué hay tanto interés en las cooperativas en que los socios no se den de baja? 
Podría ser porque cuantos menos cooperativistas menos dinero hay en las cuentas de las cooperativas a gastar por quienes están cobrando de ellas. Pensad que si fuera cierto que va a quedar mucho dinero para la liquidación, los actuales dirigentes estarían muy interesados en que la gente se diera de baja porque de esa forma tocarían a más y, sin embargo, siempre han estado muy interesados en amedrentar a los que estuviesen interesados en darse de baja con amenazas infundadas y carentes de sustento legal. Además, aquellos de vosotros que esteis interesados en cobrar los justiprecios, debéis saber que las sentencias fueron dictadas en el segundo semestre del 2011 por lo que los resultados de las mismas ya están contabilizados y deben repercutirse a todos los socios que estaban dados de alta en ese momento, por lo que darse de baja ahora no les afecta para nada.

No es nuestra intención convencer a nadie de lo que debe hacer, pero siempre ha sido nuestro compromiso el ofrecer una información veraz y con fundamentos legales para que podáis elegir libremente sobre una base de conocimientos reales, no sobre la base de mentiras interesadas.

miércoles, 31 de octubre de 2012

Recursos de Casación

Como no puede ser de otra manera, los actuales liquidadores de las cooperativas en su compromiso de información y transparencia, han olvidado informarnos de que los recursos de casación interpuestos por ambas bajo la dirección del abogado Vicente Torres contra los respectivos planes parciales de ordenacion han sido desestimados por el Tribunal Supremo con fecha 26 de Septiembre de 2012.
Nos hemos tenido que enterar de la desestimación de estos recursos por el acta de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Getafe en las que tanto en el índice como en la pagina 26 hacen mención a las sentencias del Tribunal Supremo que rechazan dichos recursos de casación.
Una oportunidad perdida más y un dato más que los antiguos Consejos Rectores, ahora liquidadores, nos ocultan.
Adjuntamos copia de dicho acta que se puede descargar de la web del Ayuntamiento de Getafe.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO AYUNTAMIENTO DE GETAFE

miércoles, 10 de octubre de 2012

Resoluciones Judiciales Juzgado de 1ª Instancia de Getafe

Os informamos que recientemente el Juzgado de Primera Intancia e Instrucción número 1 de Getafe ha dictado dos resoluciones de gran importancia para la marcha del proceso y que consideramos que son una buena noticia para nuestros intereses. Se tratan de las resoluciones a dos recursos que formularon HCC Europe y David Moreno Pingarrón y que han sido desestimados. Sobre estos particulares os informamos en los meses de marzo y mayo.

La primera de ellas hace referencia a que ha sido desestimado el recurso que interpuso HCC Europe contra la resolucion por la que se le pedía que prestase fianza por valor de 26.600.000 euros por las posibles responsabilidades civiles que pudieran derivarse contra ella. En dicha resolución el Juez le da plazo de un día para que formalice la demanda.. Esta resolución nos permite poder disponer de una garantía económica que pueda hacer frente a los perjuicios económicos que nos ocasionó David Moreno Pingarrón con su gestión


La segunda de ellas es una resolución en la que el Juez desestima el recurso de reforma interpuesto por David Moreno contra su procesamiento por lo que acuerda que se remitan las actuaciones a la Audiencia Provincial, donde deberá ser juzgado por los presuntos delitos de estafa, apropiación indebida, administración desleal y delitos societarios. Ésto  supone el impulso procesal necesario para que la causa continúe y podamos esperar la apertura de la fase de juicio oral por parte de la Audiencia Provincial.

miércoles, 25 de julio de 2012

Escrito de Defensa de David Moreno Pingarrón

Continuando con nuestra habitual ronda de informaciones, tenemos que comunicaros que con fecha 6 de junio de 2012, David Moreno Pingarrón, principal acusado por la estafa perpetrada contra las cooperativas Getafe Capital del Sur y Getafe Cuna de la Aviación Española ha presentado su escrito de defensa, aunque a las diferentes partes personadas en la acusación, se nos ha dado dado traslado del mismo hace pocos dias.

Nuestra capacidad de asombro se ve nuevamente superada con la lectura pormenorizada de dicho escrito de defensa, pues centra la misma en base a que padece trastornos de personalidad desde la infancia, sufre de una salud muy delicada debido a un infarto cerebral e, incluso, ha tenido tentativas de suicidio. Por ello, solicita informes de evaluación psicologica a realizar por distintos profesionales médicos.
Además, solicita la testifical de hasta 26 personas, entre las que se encuentran la Presidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre, el Director General del Suelo Diego Lozano, el excalde de Getafe Pedro Castro, el exconcejal de urbanismo de Getafe Santos Vazquez o el exportavoz del grupo popular de Getafe, Jose Luis Moreno.

Desde el GiC entendemos que este escrito es una maniobra más de distracción del administrador único de PSG para evitar una condena que le lleve a prisión. Además de que consideramos que es un gravísimo e impertinente insulto a la colectividad que representan las 1800 familias de Getafe que han sido despojadas de su dinero, esperanzas e ilusiones. Muy negro tiene que ver su futuro para emitir un alegato de defensa en esos términos, pues eso significa que la dedicacion, trabajo y esfuerzo que estamos llevando a cabo tendrá por fin sus frutos.

miércoles, 11 de julio de 2012

Burofax de HCC Europe al Ayuntamiento de Getafe

A raíz de la aprobacion por parte del Ayuntamento el pasado 9 de Mayo de 2012 de una moción en la que el consistorio en pleno condena los hechos perpetrados por PSG e insta a HCC Europe a devolver el dinero asegurado a todos los socios de Getafe Capital del Sur y Cuna de la Aviación Española, la aseguradora ha remitido la siguiente carta por burofax al Ayuntamiento  (click encima para verlo a tamaño completo):
Entendemos que la redacción de la misma es cuanto menos ofensiva tanto para el Ayuntamiento como para los afectados por PSG, pues el intento de coacción al Pleno es manifiestamente evidente y el desprecio que exhala hacia las 1800 víctimas al insinuar que no estaban asegurando nuestro dinero hace pensar que tienen mucho que ocultar.