Publicamos este post para informaros de que, tal y como estaba previsto, el incidente de nulidad presentado ante el Tribunal Supremo ha sido inadmitido. Como ya os habíamos explicado, el incidente de nulidad es un paso previo a la interposición del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Así, se hace necesario interponer el incidente ante el propio Tribunal Supremo solicitando la nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales.
Lógicamente, como era de preveer, el Tribunal Supremo no ha admitido el incidente, abriendo la posibilidad de interponer el recurso de amparo ante el Constitucional. Es decir, es precisamente la inadmisión de ese incidente de nulidad la que permite tener acceso al Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, como ya os habíamos informado, el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional ya había sido presentado anteriormente, en previsión de la inadmisión del incidente de nulidad para evitar que se agotasen los plazos procesales.
Debemos recordar, como os hemos trasladado anteriormente, que este es el mejor de los escenarios, pues de haberse admitido y tramitado el incidente podría haberse llegado a la misma solución si hubiese resultado desestimado, pero los plazos se habrían dilatado. Además, en ese caso, de haberse admitido, tramitado y desestimado, podrían habernos sido impuestas las costas, cosa que en este caso no procede al no haber habido intervención en el proceso de la parte contraria.
Si bien es cierto que por error en el Auto se recoge un pronunciamiento de condena en costas, sin duda, ha sido debido a un error del Tribunal y nuestros abogados van a presentar el correspondiente recurso de aclaración sobre ese particular, pues al no haber sido admitido no se han generado costas.
Queremos recordaros la estrecha colaboración que se está llevando a cabo entre nuestros abogados y el despacho de Don Antonio Alvarez-Ossorio, quienes están trabajando de forma coordinada para la elaboración de las estrategias y una mejor defensa de todos los socios representados por ambos despachos.
También queremos reiterar la información de nuestra información anterior en el que os adjuntábamos el texto de nuestro Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional. De su lectura podéis comprobar el grado de razón jurídica que nos asiste y que sin embargo nuestro objetivo está puesto en el Tribunal de Estrasburgo por el evidente corporativismo protector que existe en la carrera judicial.
Seguiremos informando de cada novedad que acontezca.