jueves, 28 de noviembre de 2013

OCTVA ETNJ GANADA!!

Nos ha sido notificada otra resolución judicial favorable para los demandantes, a quienes se les ha estimado su demanda con intereses y con condena en costas a la aseguradora.

Así pues, son ya OCHO las resoluciones favorables de más de 80 cooperativistas simpatizantes del GiC que acumulamos contra HCC Europe, debiendo destacar que hasta la fecha, todas son favorables para nuestros representados y, salvo en un caso muy específico de un demandante, todas conllevan la condena al pago de las costas y los intereses por parte de HCC. 

También queremos informaros de que en todos los procedimientos de HCC Europe ha consignado la cantidad reclamada tanto de principal como las calculadas provisionalmente  para intereses y costas, y que ya estamos procediendo en estos casos a todos los trámites para el abono a cada uno de los beneficiarios por estas resoluciones de la parte de principal que les corresponde.

Como dato importante debemos indicaros que la cantidad consignada por HCC Europe en nuestros procedimientos asciende ya a cerca de 3 MIILONES DE EUROS. Debemos felicitarnos por el desarrollo de los acontecimientos y agradecer especialmente la labor que están desempeñando nuestros abogados Soledad Cabello, Luis Maria Gallego y Marisa Ginés, gracias a los cuales todo este proceso esta culminando con buen fin. Sin su buen hacer, tesón, implicación y constancia esto no habría sido posible.

Os recordamos que en estos momentos estamos ultimando nuevas demandas de ETNJ contra el seguro HCC Europe, por lo que si estais interesados en demandar a tu aseguradora, escríbenos un correo electrónico a gicgetafe@gmail.com , ya seas  afectado por PSG tanto de Getafe como de Móstoles u otros desarrollos urbanísticos afectados por HCC Europe o ASEFA.

miércoles, 30 de octubre de 2013

David Moreno en Prisión

Según hemos podido conocer, recientemente David Moreno Pingarrón ha ingresado en un establecimiento penitenciario, concretamente en el CIS Victoria Kent, en cumplimiento con la pena que se le impuso por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 16, tras ratificar la sentencia que le condenaba a 2 años y medio de prisión, la pena accesoria de inahabilitación y a una indemnización de 142.298 euros.  Esta condena le fue impuesta tras una querella por un delito de apropiación indebida cometido cuando el Administrador de PSG se dedicada, a través de la citada mercantil, a la mensajería registral y tramitación de escrituras. 

La información que podemos ofrecer es que David Moreno estaría internado en el citado centro penitenciario en régimen abierto, pudiendo salir a la calle para trabajar y debiendo acudir al centro para realizar diversas tareas y pernoctar. Las tarea encomendada por el momento, y con la que colabora en el centro, es el servicio de comida al resto de los internos.

Por otro lado, en la Sección 1 de la Audiencia Provincial de Madrid se continua con las sesiones de juicio oral contra el exgestor de las cooperativas y otros, por los presuntos delitos de estafa, apropiación indebida y administración desleal. De cuya tramitación continuaremos informando como hemos hecho hasta el momento.

miércoles, 16 de octubre de 2013

Otra nueva Sentencia Condenatoria para HCC Europe

Las buenas noticias siguen sucediéndose, tenemos que informaros de que una nueva sentencia ha llegado a nuestro poder por la que HCC Europe ha sido de nuevo condenada en primera instancia a devolver un total de 610.240,00 € en concepto de principal más 183.072 € de intereses y las costas del juicio a 23 asociados del GiC pertenecientes en este caso a Capital del Sur.
Como en las anteriores ocasiones, el Juez recoge punto por punto las alegaciones hechas por nuestros abogados y que coinciden plenamente con la Sentencia del Tribunal Supremo de Septiembre de este año. Detallar que la demanda se puso en Abril y la contestación a la oposición de HCC Europe se produjo a finales de Junio, por lo que nuestros abogados no podían tener conocimiento de la sentencia del Supremo que al final ha resultado coincidente con nuestros argumentos. Sin duda un gran trabajo el realizado que está dando sus frutos de manera constante.
Una vez más, desde el GiC nos sentimos muy orgullosos y satisfechos porque la Justicia se esta poniendo de manera clara e indudable del lado de los más débiles y permitiendo que poco a poco los sueños rotos de muchos se vayan tornando en alegrías y nuevas ilusiones.

martes, 15 de octubre de 2013

HCC Europe Condenada de Nuevo

Acabamos de recibir la noticia que desde el Juzgado de 1ª Instancia de Madrid se ha condenado a HCC Europe a devolver las cantidades por valor de 821.760,00 € de principal y 246.528,00 € de intereses, debido a las reclamaciones efectuadas por 31 cooperativistas de Getafe Cuna de la Aviación Española, pertenecientes al Grupo Independiente de Cooperativistas (GiC) que interpusieron demanda de Ejecución de Títulos no judiciales con los abogados del GiC.
Cabe resaltar que dicha resolución, aparte de condenar a la aseguradora por MAS DE UN MILLON DE EUROS, recoge punto por punto las argumentaciones que nuestros abogados incluyeron en la demanda y que coinciden plenamente con lo establecido por la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de septiembre de un caso prácticamente igual al de los actuales demandantes, puesto que solo se diferencian con aquellos  en el nombre de la cooperativa y del seguro, el resto es totalmente igual.
Desde el GiC nos sentimos muy contentos porque poco a poco se va haciendo justicia y los afectados recuperan su dinero. Reconforta saber que tenemos la razón y la justicia así nos la esta dando.

viernes, 27 de septiembre de 2013

Sentencia del Supremo contra ASEFA

Tenemos el gusto de informaros de que ayer salió publicada la sentencia del Tribunal Supremo que estábamos esperando.
En ella, en un desarrollo de 44 folios y tras una lectura rápida, podemos avanzar que esta sentencia recoge un caso prácticamente idéntico al el nuestro (básicamente cambia la cooperativa, la gestora y la aseguradora) y que la línea argumental de la misma es plenamente coincidente con la planteada por nuestros abogados en las demandas de ETNJ, lo cual es un motivo de doble satisfacción a la par que abre la vía a la presentación de nuevas demandas para los afectados por PSG Y HCC Europe, ya sean Getafe o Mostoles, tengan o no seguro o hayan recibido o no liquidación parcial de las cooperativas.
Por ello, invitamos a los que aún no han planteado la demanda de ETNJ a que acudan a la reunión informativa que se celebrará el próximo domingo 29 de Septiembre a las 12:30h en el Centro Cívico del Sector 3 en Getafe.
A pesar de lo compleja y larga que es la sentencia, os la incluimos en este mensaje para vuestra descarga.

miércoles, 11 de septiembre de 2013

Reunión Informativa ETNJ

Estimados Socios y Exsocios,
Dados los recientes éxitos que hemos tenido demandando a HCC Europe realizando demandas de Ejecución de Títulos No Judiciales y, ante el aluvión de solicitudes de información que nos han llegado, os convocamos el próximo 29 de Septiembre a las 12:30h en el Centro Cívico del Sector 3 de Getafe (junto al Conservatorio) a una Reunión Informativa.
En la misma os daremos información pormenorizada del procedimiento a seguir, información que tenéis que darnos para ponerla y coste económico de la misma. Podéis acudir tanto si estáis de baja o de alta, si habéis sido liquidados o no por la cooperativa o si tenéis o no certificado individual del seguro.
En el siguiente enlace podéis leer la información publicada en nuestro blog sobre las demandas de ETNJ:
Y las diferentes noticias en los medios de comunicación:


Os animamos a que vengais y os informeis.
Domingo 29 de Septiembre a las 12:30h en el Centro Civico del Sector 3 de Getafe (junto al Conservatorio)

lunes, 9 de septiembre de 2013

CUARTA DEMANDA DE ETNJ GANADA!!

Cuatro de cuatro!!
El trabajo bien hecho tiene sus resultados y una vez más nos es grato informaros de que una nueva resolución de los juzgados da la razón a los cooperativistas, condenando a la aseguradora HCC Europe a devolverle sus aportaciones (que en total ronda los 400.000 €) más los intereses y las costas del procedimiento.
Esta resolución es muy importante puesto que en ella se incluían cooperativistas que NO disponen de certificado individual de seguro, lo que no ha sido motivo para impedir que el juez condene a la aseguradora, dándonos nuevamente la razón.
Estamos de enhorabuena y esperamos poder continuar dando buenas noticias como ésta.
Dada la solidez y fuerza de nuestras reclamaciones os recordamos que vamos a abrir un nuevo período para que todos aquellos que queráis demandar con nuestros abogados. Por ello, el día 29 de Septiembre de 2013 a las 12:30h os convocamos a una reunión informativa en el Centro Cívico del Sector 3 de Getafe (frente al Conservatorio) en la que os daremos información detallada del tipo de procedimiento que venimos realizando, hasta ahora con un 100% de efectividad, así como las condiciones económicas que conlleva el  procedimiento.
A ésta reunión pueden acudir todos aquellos que quieran reclamar la devolución de sus aportaciones, tanto si están de alta como de baja, tenga o no certificado del seguro, la cooperativa le haya liquidado en parte o no o seas de Getafe o Mostoles.
Si aún no has demandado a HCC Europe por la vía de ETNJ, y estás interesado en hacerlo, te esperamos el 29 de Septiembre de 2013 a las 12:30h en el Centro C ívico del Sector 3 (frente al Conservatorio)
Por otro lado, os recordamos que el próximo 16 de Septiembre a las 10h en la Audiencia Provincial, tendrá comienzo el juicio contra David Moreno Pingarrón. Como siempre, os iremos avanzando las novedades que se vayan produciendo en el mismo.

viernes, 6 de septiembre de 2013

TERCERA DEMANDA DE ETNJ GANADA!!!

Nos complace informaros de que nos han notificado una tercera resolución de Ejecución de Títulos No Judiciales, en la cual el juez condena a HCC Europe a devolver las cantidades reclamadas por los cooperativistas demandantes con los preceptivos intereses legales ademas de a abonar las costas del juicio. Esta demanda ha sido muy rápida en ser resuelta, puesto que se interpuso a principios de Abril del presente año. Además, el plazo de apelación que tenia HCC Europe de la primera sentencia que salió ha concluido sin que éstos hayan apelado, una prueba más de la solidez y contundencia de los argumentos esgrimidos en la demanda y HCC Europe ha depositado ya el dinero objeto de la condena.
Poquito a poquito, ya son tres sentencias que han salido y tres sentencias que han sido favorables a los intereses de aquellos que hasta hace muy poco veían muy lejos recuperar el dinero que con tanto esfuerzo invirtieron en una vivienda que jamas ha llegado a construirse. 
Pero también es cierto que son muchos aun los que aun no han iniciado ningún tipo de acción legal para reclamar su dinero. Por ello, y tras las diversas solicitudes formuladas, os informamos de que vamos a abrir un nuevo período para que todos aquellos que queráis demandar con nuestros abogados. Por ello, el día 29de Septiembre de 2013 a las 12:30h os convocamos a una reunión informativa en el Centro Cívico del Sector 3 de Getafe (frente al Conservatorio) en la que os daremos información detallada del tipo de procedimiento que venimos realizando, hasta ahora con un 100% de efectividad, así como las condiciones económicas que conlleva el  procedimiento.
A esta reunión pueden acudir todos aquellos que quieran reclamar la devolución de sus aportaciones, tanto si están de alta como de baja, tenga o no certificado del seguro, la cooperativa le haya liquidado en parte o no o seas de Getafe o Mostoles.
Si aún no has demandado a HCC Europe por la vía de ETNJ, y estás interesado en hacerlo, te esperamos el 29 de Septiembre de 2013 a las 12:30h en el Centro C ívico del Sector 3 (frente al Conservatorio)

viernes, 19 de julio de 2013

Sentencia del Tribunal Supremo

Finalizamos la semana con más buenas noticias, puesto que hemos tenido conocimiento de que ayer, el Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad que los cooperativistas de Jardines de Valdebebas, en Madrid, tienen que recuperar las aportaciones que hicieron en su día para la adquisición de una vivienda.


Aún a la espera de que el Supremo emita la sentencia (que saldrá a partir de Septiembre) y con la prudencia que es menester tener, puesto que aún no hemos tenido acceso a la misma, la nota de prensa emitida por el Supremo nos hace pensar que dicha sentencia  tiene muchísima relevancia por ser un caso igual al nuestro, en el que la aseguradora se defendía arguyendo que el seguro que había contratado la cooperativa no era un seguro de la Ley 57/68, mientras que los demandantes defienden que si lo es y así el Tribunal Supremo les ha dado la razón. De momento, y hasta que los abogados puedan leer y estudiar la sentencia,  podemos decir que por lo manifestado en esa nota de prensa, lo argumentado por el Alto Tribunal sería de aplicación también a nuestros procedimientos beneficiando a los cooperativistas demandantes, tanto en los procedimientos en primera Instancia como en los Recursos de Apelación que se pudieren interponer.

Cabe reseñar que todas las demandas de ETNJ que se han presentado en representación vuestra se basan en el argumento que el Tribunal Supremo ha confirmado ahora: que el seguro que contrataron Getafe Capital del Sur y Cuna de la Aviación Española con HCC Europe es un seguro de la Ley 57/68 y tenemos conocimiento de que hay jueces que tenían paralizada la resolución de las demandas que tenían asignadas a la espera de que el Supremo se pronunciase al respecto. Por tanto, esperamos que en breve tiempo lleguen nuevas resoluciones favorables de nuestras procedimientos como las dos de las que ya os hemos informado.

Sin duda, el trabajo bien hecho y la amplia colaboración de tantos afectados y sus respectivos bufetes de abogados, han hecho posible que el Supremo tomase una decisión favorable a todos aquellos que, como nosotros, perdimos una vez la ilusión que ahora empezamos a recuperar.

Por contra, aquellos que en su momento decidieron demandar a HCC Europe con los abogados patrocinados tanto por los Consejos Rectores como por los Liquidadores de las cooperativas, José Martinez Martinezy su mujer Laura Iglesias Mañueco, lo tienen bastante más complicado, pues estos abogados siempre han mantenido que la póliza de Seguro NO es de la Ley 57/68, justo lo contrario que ha establecido el Tribunal Supremo. Y ello a pesar de que el resto de abogados en su totalidad, desde hace ya mucho tiempo venían manteniendo la tesis de que el seguro contratado era de la mencionada Ley. El comportamiento torticero de los Consejos Rectores y Liquidadores se alió con la bisoñez de los inocentes e incautos cooperativistas para tan funesto desenlace, puesto que una de las principales argumentaciones de los abogados Martínez e Iglesias en dicha demanda perdida es, como ya os hemos comentado, que precisamente el seguro de las cooperativas no es de la Ley 57/68, con el penoso resultado que ha tenido para los 452 socios que han demandando con él.

Una vez más, se demuestra la incompetencia total y absoluta de aquellos que sólo buscan el dinero fácil a costa de los estafados contra la eficacia y eficiencia de los buenos profesionales que defienden a sus representados con uñas y dientes y con pleno conocimiento de las materias que tratan.

En cualquier caso, la noticia del Supremo es una buenísima noticia para nosotros y que seguiremos con muchísimo interés hasta tener la sentencia en nuestros archivos.

Como os indicamos en nuestro ultimo comunicado, a la vuelta de las vacaciones, en Septiembre, abriremos el plazo para que todos aquellos que aun no hayáis demandado a HCC Europe, ya sean amigos, familiares, vecinos, etc... vuestros, lo puedan  hacer con los abogados del GiC.

¡ENHORABUENA!

jueves, 18 de julio de 2013

SEGUNDA DEMANDA DE ETNJ GANADA!!

Nos es grato comunicaros que nos han notificado la resolución de otra de las demandas de ETNJ presentadas contra la aseguradora HCC Europe. El resultado es que ha sido estimada y se condena a la aseguradora a devolver a los cooperativistas demandantes las cuantías que aportaron a la cooperativa con los preceptivos intereses legales y con la explicita condena en costas a HCC Europe. Esta demanda fue la primera que se puso, a mediados de Octubre de 2012 y en poco más de 9 meses hemos tenido ya una resolución satisfactoria.

Esta es una gran noticia, no solo para los socios de esa demanda sino también para todos los demás que estamos inmersos en procedimientos similares, puesto que supone un precedente más a favor de los cooperativistas. Esperemos que contrarreste los resultados negativos de otras demandas con otros abogados y que se han perdido

Aunque aún queda la posibilidad de que HCC Europe recurra en apelación, es una gran noticia que nos llena de orgullo y satisfacción, una muestra más de que el trabajo bien hecho si que da sus frutos

Os adjuntamos una copia del auto, dada la gran relevancia de sus argumentaciones jurídicas, que no son sino una reproducción de las alegadas por nuestros abogados, dándose la circunstancia incluso de que el juez reproduce en el auto la jurisprudencia aportada por nuestra parte. 

Puesto que nos han realizado numerosas solicitudes después de la primera resolución favorable, os comunicamos que para después del verano abriremos un nuevo plazo para que todos aquellos afectados que estén interesados en demandar por esta vía lo puedan hacer con nuestros abogados.

viernes, 5 de julio de 2013

Respuesta al último comunicado de los Liquidadores previo a la Asamblea de 2013

El pasado martes 3 de Junio de 2013 el GiC, a proposición de varios socios de las cooperativas que nada tienen que ver con nuestra asociación, salvo la relación de amistad que tienen con algunos de nuestros miembros, presentamos un escrito en las cooperativas en el que tendemos un puente a los Liquidadores para suspender la medida cautelar y no paralizar las liquidaciones parciales.
En ese escrito, como ya os colgamos en el anterior comunicado, solamente pedimos que se nos entreguen un plan de pagos completo, compuesto de:
  • Saldos bancarios totales desglosados y con indicación de los respectivos cuantas bancarias.
  • Provisiones realizadas, conforme exige la Ley, para pago de acreedores impagados o créditos no vencidos.
  • Relación de todos y cada uno de los socios y exsocios a liquidar, identificados exclusivamente con su número de socio, con indicación de sus aportaciones realizadas, la liquidación que le correspondería percibir y la liquidación parcial que se le ofrece.
En una entidad en liquidación ésto es lo mínimo que se le tiene que ofrecer a sus socios, ya sean altas o bajas con posterioridad a la liquidación. Sobre todo a éstos últimos, puesto que desde que se ha solicitado esa baja, no han tenido ningún tipo de información ni saben cuanto tienen que cobrar ni por qué tienen que cobrar esa cantidad. Es algo puramente de lógica, aparte de conforme a la legalidad vigente. 
Como hemos mantenido siempre, desde el GiC no tenemos ninguna intención de perjudicar a los socios/exsocios de las cooperativas, por lo que, ante las quejas que nos presentaron, en un gesto de buena voluntad presentamos dicha solicitud en las oficinas de las Cooperativas.
¿De que ha servido que tendamos la mano?
Mentiras, insidias y manipulaciones de los Liquidadores que rayan lo absurdo:

Pasamos a contestar los puntos más calientes de éste úlitmo comunicado:
1.- La escritura de cesión de derechos de Obrum a la Cooperativa (que no escritura de traspaso como dicen en el comunicado) fue, efectivamente, firmada por Jorge Uceda (presidente del GiC y ex-vicepresidente de Capital del Sur, posiblemente la única verdad que hay en todo el comunicado) con el consentimiento unánime de todo el Consejo Rector de la cooperativa. No nos olvidemos que las decisiones del Consejo Rector son COLEGIADAS, es decir, que la responsabilidad de una decisión es la misma para todos los miembros del CR, independientemente de que la firme uno u otro y además están puestas por escrito en un acta del CR. Pero es que además, la escritura tiene una condición suspensiva, que es que el Consorcio autorice el traspaso de dicha parcela
En Mayo de 2009 se solicitó el traspaso al Consorcio y éste lo denegó por no estar acreditando nada de lo que pedían (que raro, las cooperativas sin acreditar cosas...) Y los CR lo ocultaron. Como nos hemos enterado recientemente y os comunicamos, en 2010 el Consorcio traspasó la parcela a Obrum. Y los CR no solicitaron el traspaso. Han tenido TRES AÑOS para hacerlo y NO LO HAN HECHO. Además, una de los administradores judiciales de Obrum, llamada a declarar como testigo en la querella, ha declarado en sede judicial que la parcela B5 (la parcela de la discordia) permanece como un activo en las cuentas de Obrum desde el año 2010. Si está en las cuentas de Obrum NO PUEDE ESTAR en la de las Cooperativas. Es de cajón de madera de pino.
Y todo esto es culpa del GiC, ¿no? Ademas, la escritura se firmó en enero de 2009, Jorge Uceda se marchó en febrero de ese mismo año y las cuentas correspondientes a 2009 se firman a 30 de junio de 2010, así que los CR han tenido tiempo más que suficiente para, presuntamente, falsear esas cuentas. 

2.- Como ya hemos dicho, la literalidad de los estatutos establece un procedimiento para solicitar la baja de la cooperativa (art. 13 y 14 de los estatutos) y además la Ley de Cooperativas en su articulo 97 establece que durante el período de liquidación las cooperativas continuarán aplicándose a la Cooperativa las normas previstas en esta Ley que no sean incompatibles con las establecidas en esta Sección.  Continua regulando  aspectos como que los Consejos Rectores dejan de existir y se crean la figura de los Liquidadores, con unas limitaciones y unas responsabilidades. Pero no regula el procedimiento ni elimina la posibilidad de darse de baja. Luego entendemos que el procedimiento de baja es el mismo que para una cooperativa que no esta en liquidación.
Por otro lado, siguen sin decir el nombre del abogado con mas 25 años de experiencia (creemos que ese que ha hecho perder una demanda a 452 socios contra HCC Europe que nos puede perjudicar muchísimo a todos) y además ya os transcribimos que las opiniones del Registro de Cooperativas no son vinculantes.
Dicen los Liquidadores:
Además ¿por qué habla el GIC como si fueran socios cuando ya no lo son?
¿En que quedamos? ¿Somos socios o no lo somos? Si como afirman, no somos socios, es porque nos hemos dado de baja. Y si no somo socios, ¿por qué no nos han liquidado?

3.- Ni el GiC ni ninguno de sus miembros tienen ningún interés con Obrum como parece dar a entender ese comunicado. Dicen que el objeto de la querella interpuesta por el GIC sea precisamente que las parcelas no son de los cooperativistas, sino de Obrum. Y es que hasta el momento es así. Está escriturada a su nombre y las cooperativas no han solicitado su traspaso. 
Por otro lado, como ya hemos explicado en innumerables ocasiones, en una empresa en concurso de acreedores como es Obrum, todos aquellos que tienen deudas pendientes de cobro (en nuestro caso, los 4 millones de € de las parcelas que no nos han traspasado por la ineptitud de los CR/Liquidadores) tienen que indicarselo a los administradores concursales para que les tengan en cuenta a la hora de hacer el reparto de los bienes de Obrum. Y volvemos a decir: LAS COOPERATIVAS NO HAN COMUNICADO A LOS ADMINISTRADORES CONCURSALES EL CREDITO PENDIENTE DE COBRO QUE TIENEN CON OBRUM.
Pero es que además, los Liquidadores pretenden demandar a Obrum por esa deuda. O es una maniobra para enfangar más el tema o tienen un desconocimiento total de la Ley Concursal. Dicha ley en su articulo 50 dice:
Artículo 50 Nuevos juicios declarativos
1. Los jueces del orden civil y del orden social ante quienes se interponga demanda de la que deba conocer el juez del concurso de conformidad con lo previsto en esta ley se abstendrán de conocer, previniendo a las partes que usen de su derecho ante el juez del concurso. De admitirse a trámite las demandas, se ordenará el archivo de todo lo actuado, careciendo de validez las actuaciones que se hayan practicado.
2. Los jueces de lo mercantil no admitirán a trámite las demandas que se presenten desde la declaración del concurso hasta su conclusión, en las que se ejerciten acciones de reclamación de obligaciones sociales contra los administradores de las sociedades de capital concursadas que hubieran incumplido los deberes impuestos en caso de concurrencia de causa de disolución. De admitirse, será de aplicación lo dispuesto en el último inciso del apartado anterior.
3. Los jueces de primera instancia no admitirán a trámite las demandas que se presenten desde la declaración del concurso hasta su conclusión, en las que se ejercite la acción que se reconoce a los que pusieren su trabajo y materiales en una obra ajustada alzadamente contra el dueño de la obra en los términos previstos en el artículo 1.597 del Código Civil. De admitirse, será de aplicación lo dispuesto en el último inciso del primer apartado de este artículo.

¿Esto que quiere decir? Que todas las demandas que se pongan a Obrum desde que se declaró en Concurso de Acreedores SE VAN A ARCHIVAR DE MANERA AUTOMATICA. Más dinero para el abogado que lleve una demanda que sabe que se va archivar y un lavado de cara a los liquidadores que se parten el pecho por sus socios
Dicen los liquidadores en su comunicado: 
Son cuatro millones de euros (de udes.) los que están en juego, y es precisamente el GIC quien dice que no son de udes
Y la frase esta incompleta, debería acabar así:
Son cuatro millones de euros (de udes.) los que están en juego, y es precisamente el GIC quien dice que no son de udes porque los CR y los Liquidadores no hemos hecho nuestro  trabajo y  por eso los hemos perdido.
 No es que queramos que Obrum gane 4 millones con la querella, es que los CR y los Liquidadores nos los han hecho perder por su inoperancia y están literalmente acojonados porque tanto los CR como los Liquidadores responden de sus actuaciones con SU PATRIMONIO PERSONAL. Y tienen muy dificil juntar tal cantidad de dinero.
Pero ademas, lo expuesto nos viene al pelo para el siguiente punto.

5.- Dicen los Liquidadores: 
De todos los ex socios liquidados, más de cien lo han sido a través de procedimientos judiciales
Hagamos unas cuentas rápidas: 
100 exsocios liquidados judicialmente x 2500 € que cobra José Martinez por procedimiento judicial = 250.000 € + 85.000 € de la querella contra PSG = 335.000 €. Más lo que ha a cobrado los socios individualmente por la demanda contra HCC Europe que ha perdido y con costas... ¿Quien se esta haciendo de oro con las cooperativas?
Al hilo del punto anterior, según el articulo de la Ley Concursal expuesto, esos 100 procedimientos se habrían archivado directamente si las cooperativas hubieran entrado en Concurso de Acreedores. 250.000€ que ahora estarían en los bolsillos de socios y exsocios. Más las costas de los juicios que han perdido las Cooperativas. Más los gastos de contable y asesor de 4 años que nos habríamos ahorrado. Más los gastos del personal de oficina de 4 años. Más los gastos de alquiler y enseres de la oficina de 4 años... Pero claro, un administrador judicial habria destapado los presuntos hechos delictivos de los CR que imputamos en nuestra querella contra ellos. Por eso no les interesó ni les interesa declarar el concurso.

6.- Dicen los Liquidadores: 
lo que no ocurre con los liquidadores, que no cobran nada por su función, como nunca cobraron como miembros de los Consejos Rectores.
Que sepamos, los liquidadores son algunos miembros del CR de la otra cooperativa junto con el asesor (Manuel Ruiz) y el contable (Alberto Rogero). Estos dos últimos cobraban bien antes de que las cooperativas entrasen en liquidación. No nos creemos que ahora, con el problema que supone liquidar unas entidades con tanta historia lo hagan gratis, por amor al arte

Después de todo lo descrito, los Liquidadores tratan de ocultar todos estos hechos usando la táctica del ventilador, poniendo un montón de mierda delante de éste y encendiéndolo para que se esparza y manche a todo el mundo. Frente a esto, están las actuaciones judiciales, en las que el Juzgado (y su fiscal) lleva más de un año investigando y encontrando pruebas de los delitos imputables a los CR y a los Liquidadores

Y aun así, en beneficio de todos los socios y exsocios seguimos manteniendo que nos presenten ese plan de pagos para retirar la medida cautelar de la prohibición de efectuar liquidaciones parciales o totales.
Los CR y los liquidadores no se lo merecen, pero Uds. si.

miércoles, 3 de julio de 2013

Se pueden reanudar las Liquidaciones si los Liquidadores cumplen

Desde el GiC queremos hacer una serie de reflexiones sobre los orígenes de nuestra asociación y sus objetivos:

1.- El GiC nació debido a las discrepancias que existían en los Consejos Rectores de las cooperativas respecto a la forma de llevar tanto las cooperativas como los diferentes procesos judiciales. Sobre todo, en la querella contra PSG y David Moreno Pingarrón, en la que teníamos muestras más que suficientes de que el letrado de las Cooperativas (Jose Martinez) no estaba haciendo su trabajo de forma correcta. La historia del desarrollo  de esa querella desde que el GiC se personó nos da la razón una y otra vez de manera constante. Parece que las practicas de fontanería legal que profesa Jose Martinez no dan su fruto, al menos en los juzgados de Getafe.

2.- El GiC es una asociacion independiente: de las cooperativas y de cualquier otra persona o entidad juridica que no sean exclusivamente sus socios y simpatizantes. Si debido a la defensa que el GiC hace de éstos, hay terceros que resultan beneficiados, bien por ellos. Hasta hace muy poco, todos nuestros logros (la imputacion de HCC Europe como responsable civil subsidiario o la obligación de que éstos presten una fianza real y absoluta, así como la imputación de los Consejos Rectores de la época PSG en la misma) han sido aplaudidos por todos los socios de las cooperativas (miembros del GiC o no). Pero no hay que olvidarse que el GiC se debe sólo a sus socios y simpatizantes. 

3.- Debido a la defensa que el GiC hace de sus socios y simpatizantes en todos los ámbitos, es motivo más que suficiente para que el GiC haya actuado a lo largo de su historia como entidad asociativa: 
  - Nos opusimos a la dación en pago a Catalunya Caixa, de los terrenos que teniamos hipotecados. En lugar de eso, promovimos el concurso de acreedores en las diferentes asambleas, con el resultado que ya conoceis.
  - Debido a la negativa ni tan siquiera de llevar a votación el concurso de acreedores como opción valida en las asambleas, lo instamos de forma judicial con un motivo muy real: creemos que los administradores judiciales son gente mucho mejor preparada para llevar unas cooperativas con una historia tan complicada como la nuestra y no un profesor de instituto, un jardinero o un sindicalista. Profesiones muy honradas, sin duda, pero no las mejores para esta empresa. Es una opción que ya contemplábamos cuando participábamos en los Consejos Rectores y que aun hoy seguimos haciendo. Algo de razón tendríamos cuando ninguno de los juzgados nos condenó a pagar las costas de los juicios.
  - Hemos instado sendas querellas contra los Consejos Rectores y actuales Liquidadores porque entendemos que no solo no han hecho correctamente su labor si no que nos han podido provocar pérdidas de 4 millones de €. Todos sabemos que  las cooperativas (aconsejadas por David Moreno) pagaron 4 millones de € a Obrum para que se presentase a los concursos de adjudicación, que tuvieron como resultado dos parcelas (una por cooperativa). Pero Obrum se declaró en concurso de acreedores antes siquiera de que el Consorcio les adjudicase las parcelas. El problema reside en que si a día de hoy las parcelas siguen a nombre del Consorcio, Obrum no puede cumplir con su parte del contrato, por lo que  debería devolver ese dinero que las cooperativas adelantaron en su momento. Pero como está en situación concursal, hay comunicar a los administradores concursales que la empresa tiene una deuda con las cooperativas, pero como hay alguien que no ha hecho bien su trabajo...   ¿Adivinan Uds. quien NO esta en esa lista? En el punto 9 aclararemos un poco más esta situación.

4.- Los Liquidadores se saltan a la torera tanto los estatutos de las cooperativas como la Ley que las rige en cuanto a la política de liquidación de aportaciones de los socios de baja. O estás de alta para todo o estás de baja para todo:
- Si estoy de alta, cobro la liquidación como cualquiera de los socios que no la han solicitado, participo de los gastos que se hayan producido y tengo poder de decisión en las asambleas.
- Si estoy de baja, no participo ni de los gastos (ni de los beneficios si los hubiera) que tenga la cooperativa y tampoco tengo po der de decision en la asamblea.
- Pero lo que no puedo es para lo malo si ser socio (que se me descuenten los gastos de mi liquidacion) pero para lo bueno no ser socio (participar en las asambleas). Máxime cuando ni siquiera se nos ha comunicado en base a que cálculos se nos va a efectuar la liquidación. ¿De verdad se creen los Liquidadores que tenemos que fiarnos de su buena fe?
En lo referente a las supuestas opiniones de expertos consultados, presumimos que el abogado en ejercicio  se refiere a José Martínez (quien está tan desprestigiado que ni siquiera se atreven a poner su nombre), y respecto de la asociación de cooperativas y el Sr. Encargado del Registro de Cooperativas, explicaremos en el punto 9 lo que hemos podido saber recientemente. 

Desde el GiC nos tememos que de efectuarse esa liquidacion, pretenderán despacharnos con 3.000 euritos, mientras el resto se queda pendiente y pasan los años y nos olvidamos de que existieron unas cooperativas y que habían ciertas cantidades pendientes de devolución... .

5.- No debemos olvidar que los Consejos Rectores/Liquidadores:
  - Han regalado nuestros terrenos a Catalunya Caixa (proponiéndolo en asamblea para cubrirse las espaldas)
  - Se oponen a que un experto judicialon minimo 5 años de experiencia en temas economicos guie las cooperativas.
  - Han  conseguido perder los terrenos de Obrum
  - Han perdido los 4 milllones de € que costaron esos terrenos
  - Han alterado, presuntamente,  las cuentas de las cooperativas , dando una imagen más solvente de la real.
  - Incumplen los Estatutos y la Ley de Cooperativas respecto de la liquidacion de sus exsocios.

Como culmen ¡quieren que su defensa en las querellas que se han interpuesto contra ellos por las presuntas irregularidades cometidas se las paguemos nosotros! Tened en cuenta que todos estos hechos nos perjudican a TODOS, socios y exsocios, y por ello tenemos que pedirles responsabilidades en el Juzgado, que es dónde se exponen los hechos y se demuestran con pruebas, no maldiciendo por los foros sin ningún tipo de acreditación.

Utilizando estrategias cuasifascistas, los liquidadores utilizan el miedo a no cobrar unas liquidaciones que todos estamos esperando como agua de mayo, para demonizar al GiC. Nosotros no somos los malos. Lee la lista de cosas que han hecho de forma incorrecta y os dareis cuenta de que lo que están promoviendo los Liquidadores con esa liquidacion parcial no es ni justo ni legal.

6.- Nos parece lamentable que el GiC, en su página web http://www.gicgetafe.com/ haya emitido más comunicados y haya suministrado más información a los cooperativistas que las cooperativas en su página. Solo tienen que analizar gracias a quien saben que la cooperativa ha perdido varias demandas contra cooperativistas que las demandaron y que debe pagar las costas de tales juicios perdidos. Informaron los liquidadores? NO, fue el GiC quien informó. Ello a pesar de que la pérdida de tales demandas supone a las cooperativistas perder parte de lo que le correspondería percibir como liquidación, porque de ese dinero hay que pagar no solo al abogado y procurador de las cooperativas sino también a los de la parte contraria que ganaron los juicios. 
¿Quien ha ido informado del estado y desarrollo de la querella contra el exgestor y PSG? El GiC. 
¿Quien ha informado de que la parcela de OBRUM no está en el patrimonio de la cooperativa, habiendo perdido tanto la parcela como el importe que se pagó por la compra de la misma? El GiC
¿Quien ha informado y explicado la procedencia, plazos etc. de la reclamación de la devolución del IVA? El GiC
¿Quien ha informado que según el informe de auditoría las cuentas de las cooperativas del ejercicio 2010 no son correctas? El GiC
Y suma y sigue.

7.- Estamos viviendo una etapa muy oscura en la que se nos niega cualquier información y en la que los Consejos Rectores y los Liquidadores, están acaparando cada vez más  poder a la par que evitando dar explicaciones de sus actos, cuando están jugando con todo nuestro dinero.
El GiC nunca ha ido en contra de los intereses de las cooperativas ni de los cooperativistas: nuestro  interés siempre ha sido denunciar a aquellos que se aprovechaban de su posición dominante para su propio beneficio, denunciar todos los hechos contrarios a las cooperativas y sus socios. Pero parece que nuestra labor no gusta en ciertas esferas, y así los representantes de las cooperativas se creen con la facultad de evitar darnos explicaciones acerca del destino y gestión de nuestro dinero e intereses,  sin que nadie tenga derecho a denunciar sus, presuntas, irregularidades. 
Hace mucho tiempo, como causa de nuestro nacimiento, denunciamos que la querella estaba a punto de ser archivada y conseguimos reactivarla gracias a nuestros abogados y el apoyo incondicional  de nuestros socios y simpatizantes. Más tarde denunciamos que era mejor contratar  profesionales judiciales al frente de las cooperativas, luego denunciamos que se estaba pagando más dinero a los socios de baja del que percibirían  los de alta, y , por último, hemos denunciado que, presuntamente, se está alterando la contabilidad de la cooperativa con los perjuicios que ello conlleva a los cooperativistas y con las posibles responsabilidades penales de las personas que lo están llevando a cabo. 

8.- Desde el GiC nos hacemos las siguientes preguntas:
¿A quién hubiese beneficiado que la querella contra David Moreno y PSG se hubiese archivado?
¿A quién hubiese perjudicado que se hubiesen nombrado administradores judiciales para liquidar legalmente las cooperativas?
¿A quién perjudicaba que se estuviesen pagando siete y ocho mil  euros a los socios de baja en contra de los tres mil que ahora ofrecen como pago a cuenta, cuando ya sabemos que no quedará mucho más?
¿Acaso las demandas que ha puesto el GiC contra HCC Europe perjudican al resto de cooperativistas?
¿A quién perjudicará que un Juez dictamine que determinadas personas han falseado las cuentas de las cooperativas?
¿A quién perjudican las acciones del GiC, a los cooperativistas o a aquellos que tienen en su manos  la administración del dinero de los cooperativistas?
¿A quien perjudica la querella contra los miembros del Consejo Rector y los liquidadores: a los cooperativistas o a esos miembros de los consejos rectores y a los propios liquidadores?
¿A quien van a beneficiar los múltiples juicios que pretenden iniciar los liquidadores, a los cooperativistas o a los abogados contratados y pagados con dinero de los cooperativistas?
¿A quien va a beneficiar si se autoriza a los liquidadores vender los terrenos de las cooperativas sin ningún tipo de control ni supervisión de nadie? ¿Quién controlará el cuánto, el cómo y el cuándo?
¿A quien beneficia que no se celebren más asambleas en las que dar la cara y explicaciones de lo que se ha hecho con el dinero de los cooperativistas?


9.- Hechos recientes:

a) Como recordaréis las cooperativas colgaron un comunicado en el que con respecto al tema de tratar a los de baja igual que a  los socios de alta se decía que tras "solicitar la opinión y dictamen de la Autoridad Administrativa competente en la materia..." 
Posteriormente en el último comunicado confirman que esa supuesta Autoridad competente en la materia es el Registro de Cooperativas. Pues bien, hemos pedido explicaciones al Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid y  nos ha respondido, muy amablemente, el  Sr. encargado adjunto de tal Registro, al encontrase el encargado de vacaciones comentando lo siguiente:
"En principio, no es competencia del registro el asesoramiento, aunque sí puede emitir dictámenes, con carácter no vinculante, sobre la legalidad de los estatutos que se proyectan inscribir. Quizá por extensión de dicha competencia y por la complejidad de la materia que supone la legislación sobre cooperativas, se suelen hacer consultas de todo tipo y, en la medida que el registro pueda informar al respecto, da su opinión de forma verbal o por correo electrónico que, en todo caso, no tiene carácter vinculante.
Lamento no poder darle otra información, puesto que sólo la conoce con precisión el propio encargado que, como le digo, esta de vacaciones. "
Así pues, se desmonta otra falsedad a las que nos tienen acostumbrados los representantes legales de las cooperativas,  pues la supuesta Autoridad Competente  nos confirma que no sólo no es competente sobre el tema sino que su opinión no es vinculante.
Por otro lado, la Confederación de Cooperativas de Viviendas es una ASOCIACION PRIVADA al servicio de las cooperativas y que se nutre de las cuotas de sus afiliados, entre ellas Getafe Capital y Getafe Cuna , por lo que su opinión es absolutamente parcial e interesada
Por todo ello, es más que evidente que se pretende dar una apariencia de legalidad a lo que pretenden hacer arropándose en presuntos informes y dictámenes (que nunca hasta la fecha han hecho públicos ni mostrado a nadie) que carecen de carácter vinculante, vendiendo una propuesta de liquidación de dudosa legalidad y pretendiendo que sea la asamblea la que ratifique sus planes con el engaño de hacer creer que lo que están haciendo goza de la legalidad necesaria
Los liquidadores tiene la capacidad legal para actuar y tomar sus propias decisiones y si se equivocan deben ser ellos los que asuman sus propias decisiones y la responsabilidad de sus actos, evitando arroparse en el voto de la asamblea cuando éste se demuestra que ha sido obtenido a base de engaños.

b) La querella interpuesta contra los miembros del consejo rector se muestra a todas luces muy útil pues gracias a ella se está consiguiendo información que de otra manera los Consejos Rectores o los liquidadores nos niegan de forma sistemática. Así, por ejemplo, gracias a la querella hemos podido averiguar que la parcela B-5.1 (que supuestamente OBRUM transmitió a las cooperativas) fue escriturada a favor de OBRUM en enero de 2010  habiendo ocultado este dato los consejos Rectores durante estos tres años
A pesar del transcurso de tres años NO CONSTA QUE LOS CONSEJOS RECTORES NI LOS LIQUIDADORES HAYAN SOLICITADO LA PRECEPTIVA AUTORIZACIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE DICHA PARCELA. Así pues, mientras en las cuentas y en las asambleas nos contaban y cuentan que dicha parcela era nuestra, nos ocultaban que OBRUM ya la había escriturado a su favor y que  la cooperativa no había hecho nada por reclamarlo.

Al ser una escritura muy extensa os adjuntamos la primera hoja de la misma para que podáis comprobar la fecha, Notario y número de protocolo. Ya sabéís que el GiC tiene por norma el fundamentar todas sus manifestaciones con pruebas o documentos que los corroboren.

Por lo tanto, la supuesta demanda contra OBRUM que pretenden ahora que se apruebe no es más que otra estrategia para enterrar su negligencia de estos tres años en otro procedimiento judicial que evite, gracias al paso del tiempo, que se puedan interponer acciones judiciales contra los auténticos responsables de la pérdida de más de dos millones de euros por cooperativa. Así pues , esa demanda que pretenden convencernos ahora llega tarde y mal y sólo beneficiará al abogado que la cobre y a los liquidadores que intentan lavar su imagen. Con el caramelo de ponernos un pago a cuenta nos hacen que determinadas votaciones nos entren con vaselina cuando su relevancia en dinero es muy superior al presunto pago parcial que nos ofrecen. Pago parcial que no tiene base legal y que no es cierto que cuente con ningún informe o dictámen vinculante.

c) Esta asociación, dado el malestar entre algunos socios de las cooperativas, y puesto que nunca ha sido su intención perjudicar a ningún socio ni exsocio, en la mañana del día de ayer ha presentado en las oficinas de las cooperativas un escrito solicitando el plan de pagos realizado por los liquidadores y determinada información que permita valorar su ajuste a la realidad patrimonial de las cooperativas y  a la legalidad vigente, con el compromiso de que de comprobar que dicho plan de pagos es ajustado a la Ley y que cumple con todas las garantías, se presentaría ante el Juzgado para paralizar la medida cautelar solicitada
Por lo que, CUANTO ANTES FACILITEN LOS LIQUIDADORES LA INFORMACIÓN SOLICITADA, ANTES QUEDARA SIN EFECTO LA MEDIDA CAUTELAR QUE PARALIZARÍA TRANSITORIAMENTE LA LIQUIDACIÓN PARCIAL
Por otro lado, tal información no es otra que la que deberían facilitar a cualquiera que fuese a recibir su liquidación, pues, como es lógico, cuando a alguien le van a entregar una liquidación le deben justificar las cuentas realizadas para llegar a esa valoración.

Os acompañamos el escrito presentado por el GiC en las oficinas de las cooperativas.
Solicitud Cuentas Cooperativas by GiC_Getafe



lunes, 1 de julio de 2013

Falsedades en los Comunicados de las Cooperativas

Os remitimos este comunicado debido a la información que están facilitando los liquidadores de las cooperativas en relación al GiC y a las actuaciones judiciales que tiene abiertas en defensa de sus asociados y de los cooperativistas en general.
Hace varios meses varios socios y simpatizantes interpusieron sendas querellas contra los miembros de los Consejos Rectores de las cooperativas por los presuntos delitos de administración desleal, falsificación de cuentas y falsificación de documento mercantil. Tales delitos los habrían cometido, presuntamente, los miembros de los  Consejos Rectores en perjuicio de las cooperativas y los cooperativistas. Es decir, al igual que en su día hiciera el exgestor (David Moreno Pingarrón y PSG), los administradores de la cooperativa ahora estaban perjudicando gravemente los intereses de los cooperativistas y excooperativistas.

Aunque tales querellas fueron presentadas por varios socios y simpatizantes del GIC, de prosperar beneficiarían los intereses de TODOS los socios y exsocios pendientes de liquidar de las cooperativas

Así pues, ES ROTUNDAMENTE FALSO que dichas querellas se hayan presentado contra las cooperativas pues en ellas se están denunciando hechos cometidos por personas concretas, por posibles delitos cometidos contra los intereses generales de las cooperativas y de los cooperativistas. Por ello es totalmente ilegal, ademas de tener de una cara dura increíble, pretender que estas personas paguen a sus abogados con cargo a los fondos de las cooperativas, que en definitiva sería dinero de menos que entregarían a la hora de liquidar.

Por otro lado, como muchos sabéis, los liquidadores anunciaron una liquidación parcial del patrimonio de las cooperativas, informando de que iban a entregar una pequeña cuantía a los socios. Pues bien, es absolutamente ilegal liquidar los haberes de la la cooperativa (ya sea total o parcialmente) cuando aún quedan acreedores a los que pagar. Así se recoge en los estatutos  y en la Ley de Cooperativas (artículo 101 Ley Cooperativas Comunidad de Madrid). Debido a qué aún existen muchos acreedores que no han sido satisfechos de sus deudas, como por ejemplo cooperativistas de baja, se ha solicitado que de forma  transitoria y hasta que se aclare si las cuentas están falseadas, que se  prohíba cualquier liquidación que en un futuro pudiese perjudicar a los propios cooperativistas. Esto no quiere decir que no se vaya a liquidar a los cooperativistas, ni que se haya decidido por los querellantes, sino que es una decisión que tomará el Juez a la vista del estado de las cuentas de la cooperativa y si aprecia que se pueden lesionar los derecho es intereses de los cooperativistas, así como si la liquidación se está llevando a cabo  contraviniendo la Ley. 

Se da la circunstancia de que la liquidación anunciada se realizaría sobre la base de unas cuentas  presuntamente falseadas, que no se corresponden con la realidad, por lo que, como es lógico, para proteger los intereses de los afectados se ha solicitado que, de momento, se suspendan las facultades de los liquidadores, mientras se dilucida si las cuentas están falseadas o no, para evitar que puedan hacer una liquidación fraudulenta y que comportaría perjuicios a todos los cooperativistas

Entendemos que todos estamos deseando recuperar al menos parte de lo que en su día aportamos a las cooperativas, pero creemos que es mejor esperar y cuando lo recuperemos que sea TODO lo que legalmente nos corresponde y no lo que los liquidadores han calculado tomando como base un patrimonio incorrecto. A la larga, percibir la cantidad con la que nos pretenden finiquitar es peor solución que esperar a que se realice la liquidación sobre la base de unas cuentas correctas y que reflejen la verdadera situación patrimonial de la cooperativa. 

Así pues, no es el GiC quien ha decidido imputar a tales personas (hace ya casi un año) y no es el GiC quien va a decidir si se amplia la querella en la persona de los liquidadores ni si deben intervenir judicialmente las cuentas de las cooperativas sino que será un Juez quien lo decida (o no) y después de estudiar en profundidad el caso.

Como represalia a estos hechos, y en un claro intento de conseguir lo que pretenden (liquidar la cooperativa mediante una simbólica entrega de dinero ahora, que nos  acallaría a los socios que tanto deseamos recuperar nuestro dinero) han colgado una serie de informaciones falsas, interesadas e incluso difamatorias para posicionar a los cooperativistas contra el GiC

Por otro lado, están pidiendo a los cooperativistas su voto para que CON FONDOS DE LA COOPERATIVA, SE ATIENDAN LOS GASTOS JUDICIALES DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS RECTORES Y LIQUIDADORES. Esto, sin duda, es una aberración. Es como si solicitasen a los socios que diesen su consentimiento para sufragar los abogados de David Moreno y los presidentes y secretarios de la era PSG, quienes también, presuntamente, cometieron diversos delitos contra las cooperativas.  

No nos podemos dejar engañar: si los miembros de los Consejos Rectores están denunciados por la presunta comisión de determinados delitos contra las cooperativas y los cooperativistas, DEBEN SER ELLOS QUIENES DE SU BOLSILLO SE PAGUEN SUS ABOGADOS Y DEMÁS GASTOS
¡¡No debemos pagar sus gastos con nuestro dinero!! Qué pretenden, ¿darnos 100 euros menos a cada uno para que quienes, al parecer, nos han perjudicado no tengan que gastarse ni un duro en sus pleitos?. ¿Acaso se ha pedido consentimiento a los socios para que a costa del patrimonio cooperativo se paguen las distintas demandas que cada uno de nosotros hemos iniciado para recuperar nuestro dinero? La respuesta es NO. Cada socio que ha querido iniciar un procedimiento para recuperar su dinero ha tenido que pagar sus gastos. ¿Alguno de vosotros quiere destinar parte del dinero que os corresponde percibir como liquidación a pagar los abogados de los miembros de los Consejos Rectores? La cara de panoli que se nos iba a quedar si finalmente se condenase a los Consejos Rectores y a los Liquidadores después de haber pagado sus abogados sería de espanto.

Y para colmo, no solo nos piden autorización para que con nuestro dinero paguemos los abogados de quienes nos perjudican, sino que además nos piden que también les autoricemos a que con nuestro dinero paguen los gastos del abogado contratado (ya sabemos todos qué abogado) para demandar al GiC: una especie de cheque en blanco que les permita todo tipo de procedimientos judiciales que se prolonguen en el tiempo y beneficien a los de siempre, con la excusa de que esos gastos son culpa del GiC. Aquí os recordamos que el único gasto que le ha supuesto el GiC a las cooperativas fueron las demandas de concurso de acreedores que se instaron en el año 2009 y las cooperativas solo tuvieron que pagar a su abogado y procurador. El resto son muchas otras demandas de otros abogados que no tienen nada que ver con el GiC y que, por lo que sabemos, han ganado siempre e imponiendo las costas a las cooperativas.

Primero quisieron que no se auditasen las cuentas y conseguimos pararlo un año: al año siguiente propusieron la liquidación y se auto-nombraron ellos mismos liquidadores y ya no se auditaron más las cuentas. Ahora pretenden no tener que convocar más asambleas dónde dar alguna explicación si no es necesario y además piden una patente de corso que les permita todo tipo de actos sin tener que dar explicaciones, poder poner cualquier demanda civil o penal, sin justificar su gasto, no auditar las cuentas ni tan siquiera convocar asambleas. Aprobar esto es el final de los cooperativistas. Muerte súbita.

Nuestra recomendación en la asamblea es que aquellos que realmente queráis seguir defendiendo lo vuestro votéis en contra de tales medidas. Para los que alberguéis dudas os sugerimos que os abstengáis. Y, por último, aquellos que, a pesar de todo, queráis votar a favor os hacemos dos recomendaciones:

1) Solicitad que conste expresamente en el acta de la asamblea las explicaciones detalladas y la persona que las dá sobre la cuestión a votar. Ello permitirá determinar la responsabilidad de quien os ha inducido a tomar tal decisión.

2) Expresad que conste en acta que vuestro voto favorable está condicionado a las concretas y exactas explicaciones que os han dado, de tal forma que, si dichas explicaciones se demuestran inveraces vuestro voto favorable quedará automáticamente revocado exonerándoos de cualquier responsabilidad y pudiendo reclamar los daños y perjuicios que tales actuaciones os hayan ocasionado. 

Recordad que las asambleas constituyen la única ocasión de tener enfrente a quienes dirigen el destino de las cooperativas y poder pedirles las explicaciones que el resto del año no dan, por lo que es importantísimo que se sigan celebrando y asistir a las mismas. 

Por último, los gastos de las cooperativas NO los provoca el GiC. Los gastos de las cooperativas, actualmente son en su mayor parte:
- Los honorarios del abogado y procurador  de las cooperativas que va perdiendo sucesivamente las demandas de los exsocios que se van poniendo.
- Honorarios de otros letrados y procuradores como consecuencia de la pérdida de juicios por las cooperativas con condena en costas.
- Honorarios asesor y del contable.
- Alquiler y suministros de oficina.
- Salarios de las dos empleadas que des-atienden la oficina.

Y os recordamos que  todos esos gastos podrían haberse evitado habiendo declarado el concurso de acreedores en el año 2009. Cuatro años de gastos que no son imputables al GiC si no al desleal comportamiento de los Consejos Rectores antes y de los Liquidadores ahora.

lunes, 24 de junio de 2013

PRIMERA DEMANDA DE ETNJ GANADA!!

Queremos compartir con vosotros la alegría que nos ha reportado la primera resolución favorable a uno de nuestros simpatizantes de las demandas de ETNJ que hemos interpuesto contra HCC Europe

En este caso el demandante del GiC tenía unas especiales circunstancias, por lo que se presentó de forma individual, con solo un demandante. Tuvo entrada en el Juzgado el pasado mes de marzo, pero ha sido tramitada muy rápidamente, por lo que, a pesar de que hay otras demandas presentadas con anterioridad, ésta ha sido resuelta con antelación a ellas. 

Este Auto dictado en tan breve espacio de tiempo, y que favorece a uno de nuestros compañeros, nos debe hacer albergar más esperanzas de una resolución positiva y aguardar con paciencia a que se resuelvan los demás procedimientos.

Como sabéis la línea argumental principal de nuestras demandas es que la póliza suscrita con HCC Europe por las cooperativas SÍ era de las que están reguladas por la Ley 57/1968 y es éste uno de los principales motivos que se han tenido en cuenta para obtener esta resolución favorable.

 Ya sabéis que os informaremos de cada avance puntualmente.

Enhorabuena a nuestro compañero, y ánimo para los que estáis esperando.

AP confirma sentencia contra Cuna de la Aviacion Española

Cumpliendo con nuestro compromiso de informaros de cada novedad que se produzca y afecte a las cooperativas de las que hemos sido socios, debemos informaros de que recientemente se ha dictado una sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid, en el recurso interpuesto por las cooperativas, con la defensa de José Martínez, en la que desestimando el recurso formulado por la representación de las cooperativas imponen a éstas las costas del procedimiento. 

Debemos recordaros que este recurso se interpuso contra la sentencia en primera instancia en la que se condenaba a la cooperativa Getafe Cuna de la Aviación Española  a abonar al cooperativista demandante la cuantía íntegra que este había aportado a la cooperativa y que reclamaba en su demanda. Como sabréis porque ya lo comentamos en su momento, a la representación y defensa de las cooperativas se le pasó el plazo para contestar a la demanda, algo que es un error muy grave, pues deja a la parte a la que defiende en una clara situación de inferioridad respecto de la otra. Uno de los errores más graves que puede cometer un abogado es que se le pase un plazo. Pues bien, al abogado de las cooperativas, José Martínez, ¡se le pasó el plazo para contestar a esta demanda!
Además de este error, y como ya nos tiene acostumbrados, una vez personado en el procedimiento no presentó prueba suficiente que avalase sus argumentos, por lo que el Juez estimó íntegramente la demanda condenando a la cooperativa a devolver al demandante la cuantía íntegra reclamada, más los intereses y las costas del procedimiento.
Ahora la Audiencia Provincial ratifica la sentencia dictada en Primera Instancia, volviendo a condenar en costas a la cooperativa, lo que supone que ésta deberá abonar los honorarios del abogado y procurador contrarios además de los de su propio abogado y procuradora. 
En su día ya comentamos que apelar esa sentencia era una locura, sobre todo teniendo en cuenta que el procedimiento principal estaba carente de prueba, y esta sentencia viene a ratificar lo que ya os avanzamos. 
En estos últimos días hemos comentado sobre la conveniencia o no de apelar en un procedimiento en el que existe una carencia probatoria importante, como en el caso de la sentencia dictada por el Juzgado nº 5 de Getafe que afecta a 465 cooperativistas. Pues bien, esta sentencia parece que una vez más confirma nuestra opinión.
El tiempo da y quita razones y ha demostrado que todo lo que decíamos acerca de la falta de profesionalidad y conocimientos del abogado de las cooperativas  era tal como lo contábamos. Hasta el momento lleva tres sentencias perdidas, dos de ellas confirmadas en apelación y la tercera que afecta a más de 450 cooperativistas, en un procedimiento en el que la acreditación de sus argumentos ha brillado por su ausencia.
La única viabilidad que le vemos a la apelación del recurso de esta sentencia es que la misma la lleven despachos de abogados con experiencia y profesionalidad, pues en otro caso creemos que será otro desastre más para los clientes del abogado, que no para él.

Como es nuestra costumbre acompañamos a este comunicado la resolución de la Audiencia Provincial a fin de que corroboréis la información que os facilitamos. Incluso os hemos remarcado aquellos párrafos que consideramos son de interés, pues son argumentos que bien podrían reproducirse en la nueva sentencia que pretende apelar José Martínez. 

Cumplimos con nuestro compromiso de informar sabiendo que esta resolución de la Audiencia Provincial hubiera sido ocultada por los actuales representantes legales de las cooperativas, al menos hasta después de la fecha definitiva para apelar la resolución del Juzgado nº 5, por lo que solicitamos a los mismos  que den cumplida información tal y como debe ser por el cargo que desempeñan.

viernes, 21 de junio de 2013

Novedades en la Querella contra PSG y HCC Europe

Os informamos de la última resolución dictada por el Juzgado nº 1 de Getafe en el seno de las Diligencias Previas 1541/2006, es decir, la querella contra David Moreno/PSG. 

Como recordaréis de nuestra última información al respecto, os comentábamos que HCC Europe recurrió la resolución del Juzgado por la que éste no le admitía el aval que había presentado por no ser ajustado a derecho. Al  mismo tiempo HCC Europe presentó un nuevo aval.
Al mencionado recurso que presentó HCC Europe, a la inadmisión del pseudo-aval presentado, nuestros abogados contestaron oponiéndose tanto al recurso formulado por la aseguradora y como al nuevo aval presentado, por no ser tampoco ajustado a derecho. Os recordamos que lo que presentó la aseguradora no es un aval o fianza propiamente dicha sino un seguro de caución, suscrito además por una empresa del mismo grupo que la aseguradora. En el mencionado escrito aportábamos documentación financiera importante que acreditaba todos nuestros argumentos, habiendo sido el trabajo de investigación de esos datos bastante laborioso y costoso. 

Recientemente, el Juzgado acaba de dictar una resolución, con fecha de 18 de junio de 2013, en la que acoge todos nuestros argumentos para desestimar el recurso  interpuesto por HCC y no admitir el nuevo aval presentado. Este Auto supone un nuevo reconocimiento de la labor que estamos desempeñando tanto por el sentido de la resolución dictada como por el hecho de que el Juez acoja como suyos nuestros propios argumentos.

No deja de producirnos cierto pesar el ver que no todas las acusaciones remamos en el mismo sentido y así, en el Auto dictado se puede observar cómo solo nuestros abogados y los de la Asociación de Afectados por PSG (de las 14 partes integrantes de la causa) son los que se han opuesto a los recursos de HCC Europe y a sus intenciones de colarnos un seguro de caución  incierto en lugar del aval o la fianza legalmente exigida
Volvemos a echar en falta el trabajo del letrado de las cooperativas en todo este asunto en el que, a pesar de haber cobrado unos elevados emolumentos y por adelantado, ABONADOS POR TODOS LOS COOPERATIVISTAS, nuevamente no se ha dignado en hacer su trabajo. De la sensación de que no tiene mucho interés en que pueda prosperar la vía penal contra HCC Europe y no tenemos más remedio que preguntarnos el por qué de ese comportamiento.

Una vez más debemos sentirnos plenamente satisfechos de la asociación que conformamos y de nuestros abogados, pues gracias al esfuerzo y colaboración conjunta estamos consiguiendo que la querella contra el David Moreno Pingarron y PSG continúe dando pasos hacia su resolución y cada vez estemos más cerca de que la aseguradora deposite la cuantía de 26.600.000 euros que aseguraría la recuperación de nuestro dinero si se estimase su responsabilidad civil subsidiaria.

martes, 18 de junio de 2013

Cancelación de la Reunión Informativa

Estimados socios de las cooperativas:
Recientemente hemos tenido noticia de las diversas reuniones que los cooperativistas que han demandado al seguro bajo la dirección letrada de José Martínez, han mantenido con otros letrados a fin de esclarecer su situación tras la demoledora sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Getafe.
Como sabéis, este grupo había convocado una reunión informativa para mañana miércoles 19 al objeto de que nuestros abogados pudieran explicaros cual es su punto de vista y las opciones viables para los cooperativistas en esa situación. Tal reunión era a los únicos efectos de informar a los afectados.
Nuestros abogados, tras conocer por algunos simpatizantes el asesoramiento recibido de los diferentes despachos de abogados, consideran innecesario que se mantenga la reunión del próximo miércoles, pues no aportarían nada nuevo.
Ya adelantamos que no era intención de los abogados del GIC ofrecer sus servicios de cara a llevar el posible recurso de apelación, por lo que, dado que los afectados cuentan con la información precisa para adoptar una decisión, se procede a desconvocar la reunión que estaba previsto se celebrase mañana miercoles 19 de junio a las 18.30 horas.
Os animamos a que busquéis entre todos la mejor solución y que procuréis estar organizados bajo una misma corriente evitando divisiones, puesto que ésta es la única forma en la que creemos que puede ser posible intentar levantar el nefasto resultado de esa sentencia.
En cualquier caso seguimos a vuestra disposición, como siempre, para cualquier duda que os pueda surgir en relación a este o cualquier otro tema relacionado con las cooperativas.

jueves, 13 de junio de 2013

Reunion Informativa

Cooperativistas y excooperativistas interesados en interponer demanda de reclamación de devolución de aportaciones contra HCC Europe.

Invitación especial a los demandantes del Procedimiento Ordinario 424/2010 del Juzgado  de Instrucción nº 5 de Getafe

Estimados cooperativistas, excooperativistas y afectados:

Cumpliendo con el compromiso adquirido con los miembros de la PLAFECJOMA por medio de la presente os invitamos a una reunión informativa que tendrá lugar el próximo Miércoles 19 de junio a las 18:30 horas en el Centro Cívico Cerro Buenavista (Sector 3) junto al Conservatorio de Getafe.


Ver mapa más grande


A dicha reunión informativa acudiremos con la intención de ofreceros distintas opciones que se pueden plantear a partir de este momento, especialmente para aquellos que estéis interesados en demandar a HCC Europe.

Además estaremos a vuestra disposición para resolver cuantas dudas o aclaraciones que preciséis.

MIERCOLES 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 18:30h EN EL CENTRO CIVICO CERRO BUENAVISTA (EN EL SECTOR 3), JUNTO AL CONSERVATORIO DE GETAFE


viernes, 7 de junio de 2013

Demanda contra HCC perdida por Jose Martinez

Estamos recibiendo muchas comunicaciones vuestras con motivo de la sentencia que ha dictado el Juzgado 5 de Getafe en la que desestima la demanda que el letrado José Martínez interpuso contra HCC Europe en defensa de unos aproximadamente 500 cooperativistas que confiaron en sus servicios.

En primer lugar debemos deciros que el tema requiere de un estudio muy detallado y que ya hemos puesto en manos de nuestros abogados la sentencia dictada para que se sirvan informarnos lo más ampliamente posible sobre la misma y las consecuencias que puede tener: no sólo para los directamente afectados sino para todos, pues es evidente que dicha sentencia es un precedente muy negativo para los intereses de todos los cooperativistas. Una sentencia de este calado será aprovechada por HCC Europe aportándola a todos los procedimientos en marcha que hay interpuestos contra ella.

Desde el GiC queremos hacer llegar nuestra más sincera solidaridad con todos aquellos cooperativistas que, guiados por las falsas promesas de este embaucador profesional, contrataron sus servicios llevados por la confianza que les daba el contar con el patrocinio de los Consejos Rectores. Con todo el dolor de nuestro corazón debemos decir que ya lo advertimos pues el mismo nacimiento del GiC tiene bastante que ver con las denuncias que sus miembros fundadores estaban trasladando al resto de sus compañeros, miembros de los Consejos Rectores, de que el Sr. Martinez estaba demostrando absoluta incompetencia en su quehacer profesional y que ello podría tener consecuencias nefastas para los intereses de las cooperativas y de los cooperativistas.

No queremos erigirnos en poseedores de la verdad pero lo cierto es que ya advertimos del riesgo real de este resultado.

Nuestros abogados han comenzado  a estudiar la sentencia al objeto de valorar las consecuencias y las posibilidades de éxito de una apelación. Todo ello, también hay que decirlo, sin tener ninguna obligación de hacerlo, pues los abogados del GiC no están contratados para realizar tal trabajo y si lo hacen es de forma absolutamente altruista y adelantando que, en ningún caso, se harían cargo de llevar la apelación de ese asunto si alguno de los cooperativistas quisieran contratar los servicios de otro abogado para el recurso de apelación. Por lo que, a diferencia de otros abogados, no les mueve el interés económico. 

No obstante, nos informan que para un correcto estudio y valoración se hace preciso que dispongamos también de la demanda que redactó José Martínez y de la contestación a esa demanda que efectuó HCC Europe. Por ello, como en otras muchas ocasiones, solicitamos de vuestra colaboración para que nos hagáis llegar tales documentos.

Confiamos en poder facilitaros una respuesta adecuada a vuestras inquietudes.

jueves, 11 de abril de 2013

Liquidacion parcial de las Cooperativas (3)


Os remitimos este comunicado como contestación al que han colgado los liquidadores en la página web de las cooperativas con fecha de 9 de abril de 2013.

En primer lugar debemos aclarar que las Leyes tienen rango superior a los estatutos por lo que, prevalecen aquellas sobre éstos en todo lo que se contradigan o en lo que los estatutos no regulen.

En segundo lugar, debemos aclarar también, que la Ley Estatal es supletoria sobre la Ley de la Comunidad de Madrid, pues la competencia sobre cooperativas está transferida a las Comunidadesa Autónomas. Ésto quiere decir que prevalece la ley de la Comunidad de Madrid sobre la estatal y en caso de discrepancia es la ley de la Comunidad la que prevalece sobre la estatal y sólo en el caso de que la ley de la Comunidad de Madrid no diga nada es cuando debe recurrirse a los que establezca la Ley Estatal.

La Ley de Sociedades de capital es, nuevamente supletoria, de todo lo anterior. Es decir sólo cabe su aplicación en el caso de que las leyes anteriores no regulen esta cuestión.

Y establecido lo anterior podemos informar de lo siguiente:

Tanto los Estatutos como el artículo 75 de la Ley estatal de Cooperativas recogen fielmente lo que establece la Ley de Cooperativas en el artículo 101 de la Ley de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

Así pues dicho artículo establece de forma taxativa que no se podrá adjudicar el haber social a los socios en tanto no se hayan satisfecho todas las deudas. El mismo artículo 101 en su punto 4 establece que los socios que hayan solicitado la baja y que hayan reclamado la devolución de las aportaciones deben cobrar con anterioridad a los socios de alta.

No existe ningún precepto, tal y como afirman los liquidadores, que permita considerar que los socios de baja puedan ser considerados como socios de alta a los efectos del pago de la liquidación. Dicho concepto se contradice abiertamente con el artículo 101 de la Ley de Cooperativas.

Así pues, es rotundamente falso que no exista impedimento legal tal y como afirman los liquidadores para actuar como anuncian que lo van a hacer, pues el artículo 101.4 establece de forma expresa que se debe liquidar a los socios que hayan solicitado su devolución. Sabemos y nos consta que son numerosos los socios que tras el acuerdo de la asamblea solicitaron su baja y sabemos y nos consta que esos mismos socios han solicitado de forma fehaciente la devolución de las aportaciones por lo que se encuentran expresamente en el supuesto contemplado en el artículo 101.4 de la Ley de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

No existe base legal que permita a los liquidadores otorgar un estatuto especial a los que han solicitado la baja según el cual no pueden participar de los derechos de ser socio y tampoco de los derechos de ser baja. Nuevamente, esta cuestión se contradice abiertamente con lo establecido en el artículo 101 de la Ley de Cooperativas.

También es rotundamente falso que exista una autoridad administrativa que sirva para consultar estas cuestiones y la propia ley no hace ninguna remisión a ninguna autoridad administrativa que exista a este respecto.

El GiC ya ha solictado a su cuerpo jurídico que estudie las actuaciones judicales que se pueda emprender en defensa de los intereses de sus representados, inclusive las responsabilidades penales que por parte de los liquidadores se incurran de realizar tales actos.

No obstante, nuestros abogados ya nos han informado que para interponer las acciones oportunas habrá que esperar a que los actos que anuncian se cometan y que una vez cometidos se podrán interponer acciones: no sólo contra la cooperativa sino que además se podrán interponer acciones de carácter personal contra los liquidadores por extra-limitación de sus funciones y que las mismas pueden tener responsabilidades patrimoniales y personales.

Así pues, en función de los próximos acontecimientos se estudiarán acciones judiciales, civiles y/o penales, que se interpondrán en cada caso y contra la persona o personas responsables de las mismas.

lunes, 1 de abril de 2013

Liquidacion parcial de las Cooperativas (2)

Tras las múltiples consultas que hemos recibido sobre el horario de las oficinas para poder presentar el requerimiento, os informamos de que el horario que esta colgado en la web oficial de las cooperativas es el siguiente:
- Lunes CERRADO
- Martes a jueves, de 8 a 15h
- Viernes, de 8 a 14h
Así mismo, el teléfono de contacto de las oficinas es el 916 957 448.

miércoles, 27 de marzo de 2013

Liquidacion parcial de las Cooperativas



Tras un análisis de las cuentas de las cooperativas del último ejercicio aprobadas, las del 2011, hemos podido comprobar que en su memoria y en su informe de gestión se hace mención a la posibilidad de que los liquidadores puedan empezar a realizar un reparto parcial a cuenta de la liquidación en favor de los cooperativistas.

El artículo 66.1 de los estatutos así como la propia Ley de Cooperativas de la Comunidad de Madrid impide que se pueda realizar ninguna clase de pago a cuenta del haber social mientras no se hayan satisfecho íntegramente el pago de todas las deudas que tenga pendiente la cooperativa. No es justo que se realice una liquidación parcial a los socios en activo habiendo aun socios de baja que no han recibido su correspondiente liquidación incluso habiendo cumplido el plazo máximo de 18 meses para hacerla efectiva y que, lógicamente, será mayor que la que reciban los socios de alta. 

Cabe la posibilidad que tras esta maniobra incluso pueda estar la idea de descapitalizar la cooperativa y es por ello que se hace imprescindible que de forma urgente TODOS los que hayáis cursado baja en la cooperativa entreguéis esta carta a los efectos de informar de las responsabilidades personales en que incurrirán los liquidadores si realizan actos contrarios a la ley y a los estatutos.

Os incluimos en este mensaje un modelo de carta que debéis entregar en las cooperativas a la mayor brevedad posible. Tenéis un modelo ce cada cooperativa, imprimid dos copias de la vuestra, rellenad los campos en blanco y entregar una en las oficinas de las cooperativas y que os sellen el recibí en la otra copia.

Guardad dicho documento por si finalmente fuese necesario interponer acciones contra los liquidadores y haya que aportar y justificar que se les requirió para que no lo hiciesen y pese a ello desobedecieron el requerimiento.