Cumpliendo con nuestro compromiso de informaros de cada novedad que se produzca y afecte a las cooperativas de las que hemos sido socios, debemos informaros de que recientemente se ha dictado una sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid, en el recurso interpuesto por las cooperativas, con la defensa de José Martínez, en la que desestimando el recurso formulado por la representación de las cooperativas imponen a éstas las costas del procedimiento.
Debemos recordaros que este recurso se interpuso contra la sentencia en primera instancia en la que se condenaba a la cooperativa Getafe Cuna de la Aviación Española a abonar al cooperativista demandante la cuantía íntegra que este había aportado a la cooperativa y que reclamaba en su demanda. Como sabréis porque ya lo comentamos en su momento, a la representación y defensa de las cooperativas se le pasó el plazo para contestar a la demanda, algo que es un error muy grave, pues deja a la parte a la que defiende en una clara situación de inferioridad respecto de la otra. Uno de los errores más graves que puede cometer un abogado es que se le pase un plazo. Pues bien, al abogado de las cooperativas, José Martínez, ¡se le pasó el plazo para contestar a esta demanda!
Además de este error, y como ya nos tiene acostumbrados, una vez personado en el procedimiento no presentó prueba suficiente que avalase sus argumentos, por lo que el Juez estimó íntegramente la demanda condenando a la cooperativa a devolver al demandante la cuantía íntegra reclamada, más los intereses y las costas del procedimiento.
Ahora la Audiencia Provincial ratifica la sentencia dictada en Primera Instancia, volviendo a condenar en costas a la cooperativa, lo que supone que ésta deberá abonar los honorarios del abogado y procurador contrarios además de los de su propio abogado y procuradora.
En su día ya comentamos que apelar esa sentencia era una locura, sobre todo teniendo en cuenta que el procedimiento principal estaba carente de prueba, y esta sentencia viene a ratificar lo que ya os avanzamos.
En estos últimos días hemos comentado sobre la conveniencia o no de apelar en un procedimiento en el que existe una carencia probatoria importante, como en el caso de la sentencia dictada por el Juzgado nº 5 de Getafe que afecta a 465 cooperativistas. Pues bien, esta sentencia parece que una vez más confirma nuestra opinión.
El tiempo da y quita razones y ha demostrado que todo lo que decíamos acerca de la falta de profesionalidad y conocimientos del abogado de las cooperativas era tal como lo contábamos. Hasta el momento lleva tres sentencias perdidas, dos de ellas confirmadas en apelación y la tercera que afecta a más de 450 cooperativistas, en un procedimiento en el que la acreditación de sus argumentos ha brillado por su ausencia.
La única viabilidad que le vemos a la apelación del recurso de esta sentencia es que la misma la lleven despachos de abogados con experiencia y profesionalidad, pues en otro caso creemos que será otro desastre más para los clientes del abogado, que no para él.
Como es nuestra costumbre acompañamos a este comunicado la resolución de la Audiencia Provincial a fin de que corroboréis la información que os facilitamos. Incluso os hemos remarcado aquellos párrafos que consideramos son de interés, pues son argumentos que bien podrían reproducirse en la nueva sentencia que pretende apelar José Martínez.
Cumplimos con nuestro compromiso de informar sabiendo que esta resolución de la Audiencia Provincial hubiera sido ocultada por los actuales representantes legales de las cooperativas, al menos hasta después de la fecha definitiva para apelar la resolución del Juzgado nº 5, por lo que solicitamos a los mismos que den cumplida información tal y como debe ser por el cargo que desempeñan.