Queremos compartir con vosotros la alegría que nos ha reportado la primera resolución favorable a uno de nuestros simpatizantes de las demandas de ETNJ que hemos interpuesto contra HCC Europe.
En este caso el demandante del GiC tenía unas especiales circunstancias, por lo que se presentó de forma individual, con solo un demandante. Tuvo entrada en el Juzgado el pasado mes de marzo, pero ha sido tramitada muy rápidamente, por lo que, a pesar de que hay otras demandas presentadas con anterioridad, ésta ha sido resuelta con antelación a ellas.
Este Auto dictado en tan breve espacio de tiempo, y que favorece a uno de nuestros compañeros, nos debe hacer albergar más esperanzas de una resolución positiva y aguardar con paciencia a que se resuelvan los demás procedimientos.
Como sabéis la línea argumental principal de nuestras demandas es que la póliza suscrita con HCC Europe por las cooperativas SÍ era de las que están reguladas por la Ley 57/1968 y es éste uno de los principales motivos que se han tenido en cuenta para obtener esta resolución favorable.
Ya sabéis que os informaremos de cada avance puntualmente.
Enhorabuena a nuestro compañero, y ánimo para los que estáis esperando.
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