martes, 2 de septiembre de 2014

Novedades del Verano

Volvemos al trabajo después de las vacaciones veraniegas deseando que todos hayáis disfrutado de un feliz verano. Os remitimos este comunicado para poneros al día de las últimas novedades acaecidas durante el mes pasado.

Como más reciente podemos deciros que el pasado 27 de agosto se publicó en el BOE el proyecto de fusión por absorción de la aseguradora HCC Europe.

https://www.boe.es/diario_borme/txt.php?id=BORME-C-2014-9850

Desde el GiC y sus abogados se darán los pasos necesarios para intentar la suspensión de tal maniobra societaria hasta que no se garanticen nuestros créditos pendientes. Muchos de
nuestros asociados ya han cobrado el principal, e incluso los intereses a través de las demandas de ETNJ, pero quedaría pendiente la mayor cantidad de intereses si la Audiencia lo estima en la querella contra PSG así como e daño moral solicitado, si es concedido por ésta.

Nuestros abogados contactaron con la Audiencia Provincial para interesarse sobre la marcha de la sentencia y podemos informaros que nos dijeron que la misma sería publicada en breve, muy probablemente durante el presente mes de septiembre.

Por último, el 31 de julio fue notificada la sentencia a los cooperativistas que demandaron con el abogado de las cooperativas, el despacho Martinez -Iglesias, cuyo procedimiento se perdió en primera instancia.
La sentencia de la Audiencia Provincial para esa demanda estima los recursos de apelación de los demandantes. Como recordaréis, muchos de los afectados por esta sentencia, siguiendo el consejo que desde el GiC les dimos tras las numerosas consultas que nos hicieron, buscaron otros abogados que defendieran sus intereses tras el notorio fracaso de la demanda en primera instancia.
Hemos de decir que esta sentencia es de mucha importancia porque, obviando la postura de la defensa en primera instancia, accede a reconocer los planteamientos que se realizan en el recurso, aunque los mismos eran distintos. Como ya explicamos, el abogado de las cooperativas significó su rotunda oposición a que la póliza de seguro suscrita fuese de la Ley 57/68 y sin embargo en el recurso de apelación, cambia el tercio y manifiesta que la póliza sí es de las recogidas y reguladas por la mencionada Ley.

La sentencia es de importancia porque sienta un precedente importante a permitir que se cambien los planteamientos de la demanda a lo largo del procedimiento, lo que jurídicamente se denomina "mutatio libelli".

Pues bien, gracias a la personación de otros abogados en la causa, se ha hecho posible que muchos socios afectados por la sentencia de primera instancia puedan ver mejorada su situación al ser estimado el recurso de apelación, pudiendo así recuperar su dinero. Al menos momentáneamente porque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Tal y como desde esta asociación se ha mantenido, la demanda presentada por el abogado de las cooperativas partía de ideas erróneas, pues mantenía en la misma que la póliza del seguro NO era de la Ley 57/68 , al contrario que lo que venimos manteniendo desde el GiC con los satisfactorios resultados que ya conoceis. Debido a ello tuvo un nefasto resultado en primera instancia, tanto que incluso la propia Audiencia Provincial, aunque muy suavemente, se encarga de poner de relieve este hecho al indicar que "por tanto, aún con independencia de que realmente la fundamentación jurídica de la demanda no es precisamente muy correcta y adecuada..." Es decir, la propia Audiencia Provincial está recalcando lo que siempre hemos advertido, y es que solo gracias a la personación de otros abogados y al deseo de la Justicia de que todos podamos recuperar lo que se nos arrebató, ha podido salvarse la motivada y congruente, en palabras de la Audiencia, sentencia de primera instancia.

Desde aquí hacemos llegar nuestra más sincera enhorabuena a todos los beneficiados por esta sentencia.

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